
BONO AUTONOMO AHORA TAMBIEN PARA SOCIEDADES
Ayer salió publicada esta ayuda, que como novedad, incorpora a las sociedades de varios tipos.
Aquí os dejamos un resumen de la misma;
AYUDAS PROGRAMA BONO DE LAS PERSONAS AUTÓNOMAS -TR341Q- DOG núm 124 de 2 de julio 2019
A continuación se detallan los puntos destacados de las bases reguladoras:
Beneficiarios
- Personas trabajadoras autónomas que estén dadas de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidades de colegio profesional
- Que tengan domicilio en Galicia.
- Que tengan una antigüedad en la realización efectiva de una actividad profesional de manera ininterrumpida a la fecha de solicitud de ayuda de más de 42 meses
- Que tengan un rendimiento neto reducido en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 € y una facturación mínima de 12.000 €, IVA incluido en el año anterior.
- Sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en Galicia y que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener una persona autónoma societaria con una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida en la fecha de solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses
- Tener la empresa una facturación mínima anual de 12.000 €, IVA incluido
- Que tengan una base imponible en el Impuesto de Sociedades anual inferior a 30.000 €
EXCLUSIONES:
- Las personas que cobrasen esta ayuda en alguna de las dos convocatorias anteriores.
Proyectos Subvencionables
LINEA I.MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES SERVICIOS:
* Investigación de mercado * Plan de márketing * Plan de comunicación del negocio * Plan estratégico del negocio * Plan de crecimiento: constitución sociedad * Plan de reorientación del negocio * Plan de uso de nuevas tecnologías del negocio * Plan de refinanciamiento * Además se admiten otros estudios y planes que tengan como fin aumentar la competitividad de la empresa. * El cofinanciamiento privado de los servicios contratados con Igape a través del programa Re- Acciona en su convocatoria 2019
LINEA II. MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD A TRAVÉS DE LAS SIGUIENTES INVERSIONES:
* Compra de maquinaria * Compra de útiles y herramientas * Reforma de local de negocio, siempre y cuando no sea su domicilio habitual excepto en el caso de que quede acreditado que sea imprescindible para el desarrollo de la actividad del negocio. * Equipos informáticos: tables, ordenadores de sobremesa e portátiles * Rótulos * Aplicaciones informáticas y páginas web * Creación de logotipo de negocio * Mobiliario
Las líneas I y II no son excluyentes ni entre ellas ni entre los distintos servicios e inversiones que las configuran. En caso de solicitar ayuda para ambas líneas, se atenderá primero a la línea I y después a la línea II con el límite de 3.000 € para el conjunto de actividades.
Plazo de presentación de solicitudes
- Desde el 3 de julio a las 9:00 horas hasta el 2 de agosto a las 23.59 horas por medios electrónicos
Plazo de ejecución y justificación de proyectos
- Desde el 3 de julio de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019
Cuantía Subvencionable
- 80% con un máximo de 3.000 € por el conjunto de actividades subvencionables.
Presupuesto
- 4.000.000 €
Documentación
Concesión directa.
Para resolver cualquier duda, o tramitar la misma, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
info@atingra.com o 981233274
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- Publicado por Atingra
- 3 julio, 2019
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